Los vecinos de San Francisco, Bahía de Banderas pidieron a la delegación de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) que comience el procedimiento de revocación de los permisos que concedió a Inmobiliaria San Pancho para alterar el arroyo de Los Izotes y el estero de San Francisco, ante las anomalías en la ejecución de la obra en que incurrió la empresa.
Érik Saracho Aguilar, miembros del Consejo Consultivo para el Desarrollo Sustentable, núcleo Nayarit, y residente de la localidad, hizo la propuesta el pasado 20 de enero, con el respaldo de toda la comunidad, que exige resultados luego de que la dependencia federal reconoció que nunca permitió alterar el funcionamiento hidrológico ni las comunidades bióticas de los ecosistemas, en lo cual incurrieron los trabajos de construcción de un bordo que invadió la zona federal.
Se trata de una “excitativa” para que la SEMARNAT eche a andar un “procedimiento de revocación de las autorizaciones número 18NA2013HDO28 y 18NA2013HDO29, en mérito que se estima que dichos actos administrativos se sostienen de manifestaciones -en estricto sentido la que inicia el procedimiento- que faltaron a la verdad y con ello violaron el principio de buena fe que guía dicho procedimiento evaluatorio, y por ende deben ser revocadas, ello con independencia de las responsabilidades administrativas a que haya lugar de los evaluadores que teniendo acceso y conocimiento de hechos notorios para la geografía del estado de Nayarit [como lo es su componente biótico de cada región, en mérito de ello evalúan] omitieron salvaguardar el derecho a un medio ambiente sano y al derecho al acceso al agua, en su vertiente de protección de los humedales como sitios en los cuales incluso se llevan a cabo procesos de recarga de mantos que garantizan el abasto para ese vital recurso -incluso reconocidos a través de la Convención de Ramsar-“.
Esa facultad de revocar la determina del artículo 40, fracción IX del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, que dice: “Las delegaciones federales tendrán las atribuciones siguientes dentro de sus circunscripción territorial: […] IX. Otorgar permisos, licencias, autorizaciones y sus respectivas modificaciones, suspensiones, cancelaciones, revocaciones o extinciones, de conformidad con los previsto en las disposiciones jurídicas aplicables, siguiendo los lineamientos internos de carácter técnico y administrativo, sistemas y procedimientos establecidos por las unidades administrativas centrales de la Secretaría”.