Presidente de la FMAA condenado a seis años de prisión

Antonio Lozano, presidente de la Federación Mexicana de Asociaciones de Atletismo, es acusado de la malversación de los fondos públicos

Antonio Lozano, presidente de la Federación Mexicana de Asociaciones de Atletismo (FMAA), ha sido condenado a a seis años de prisión, por el delito de peculado.

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El juez Séptimo de Distrito en Procesos Penales Federales de la Ciudad de México, fue quien impuso la sentencia, en la que además de deberá de reparar a la Comisión Nacional de Cultura Física y del Deporte, el daño por lo que deberá de devolver la cantidad de 4.8 millones de pesos que recibió entre los años de 2011 y 2012 a través de los fideicomisos Fondo Nacional para el Deporte (Fonade) y del Fondo Nacional para el Deporte de Alto Rendimiento (Fodepar).

Además, queda suspendido de sus derechos políticos y civiles durante el tiempo que dure la pena de prisión impuesta. Desde el 2015, Lozano Pineda fue acusado de peculado; en el mes de diciembre de 2016 fue detenido en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, por la Procuraduría General de la República, por el delito de peculado por el monto de 4 millones, 831 mil 197 pesos.

Después de 23 días, a inicios del 2017, salió libre del Reclusorio Sur, tras pagar una fianza de 5 millones de pesos. El dirigente siguió trabajando al mando de su Federación, pero sin recibir ningún apoyo económico del gobierno.

Lozano fue acusado por la administración de Alfredo Castillo, en ese entonces dirigente de Conade, por hacer tres desvíos de dinero. En el 2011 con Grupo Comercial Maxprise por 568 mil 036 pesos y Comercializadora Empresarial y Abastecedora Cadena por 1 millón 931 mil 563 pesos, además de uno en 2012 con Hecgue Comercializadora de México por 2 millones 331 mil 600 pesos.

La Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (Conade) dijo en ese momento que también existen facturas falsas, que podrían significar otro delito.

«Antonio Lozano Pineda es plenamente responsable en la comisión del delito de peculado, previsto en el artículo 223, fracción IV y sancionada en el último párrafo de dicho numeral del Código Penal Federal», suscribe la sentencia.

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