Aprueban sancionar a quien utilice aparatos electrónicos al conducir

La sanción aplicable será de 50 a 100 días de la Unidad de Medida y Actualización (UMA)

Con el propósito de sensibilizar a los conductores de vehículos y hacer conciencia sobre la elevada incidencia de accidentes automovilísticos que se ocasionan por conducir y usar aparatos electrónicos, en Sesión Pública Ordinaria las diputadas y diputados de la Trigésima Primera Legislatura aprobaron por unanimidad el dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Tránsito y Transporte del Estado de Nayarit, iniciativa presentada por el legislador José Arturo Elenes Hernández.

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Esta propuesta de reforma señala tres ejes importantes: establecer la prohibición del uso de aparatos electrónicos de comunicación o cualquier otro que represente un distractor para la conducción segura; dar reconocimiento al Registro Público Vehicular y modificar la normativa que regula lo relativo a la reincidencia en cuanto a infracciones a la Ley.

En relación a la prohibición del uso de aparatos electrónicos de comunicación al conducir un vehículo se señala que queda prohibido utilizar aparatos electrónicos de comunicación o cualquier otro análogo que represente un distractor para la conducción segura y quien lo haga será sancionado con 50 a 100 días de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Además, se precisa que quedan exentos los conductores que operen aparatos de radio frecuencia por motivo de su trabajo, así como, los vehículos de seguridad pública y ambulancias; ello por el trabajo que realizan.

En lo que corresponde al denominado Registro Público Vehicular, permitirá la prevención de delitos ya que contiene información necesaria para la identificación de los vehículos que contempla una serie de datos del propietario, con el fin de dar seguimiento y solución a una contingente investigación ministerial buscando agilizar la localización y recuperación de los vehículos a nivel nacional.

Finalmente la modificación de la temporalidad de la figura de reincidencia en cuanto a infracciones a las disposiciones de la Ley que nos ocupa, principalmente cuando se conduzca un vehículo bajo los efectos del alcohol o sustancias psicotrópicas, estupefacientes o cualquier otra que altere el comportamiento de las personas.

En su conjunto las reformas aprobadas a la Ley de Tránsito y Transporte otorgan la protección a los derechos humanos, la seguridad de peatones, conductores y de la sociedad en general lo que constituye reflejo fiel del interés de las diputadas y diputados integrantes de la Trigésima Primera Legislatura, por abonar al desarrollo y prosperidad integral de los y las nayaritas.

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