Autoridad ambiental clausura dos construcciones en San Blas

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) aplicó la clausura total temporal a dos predios e inmuebles ubicados en la localidad de Matanchén, municipio de San Blas, Nayarit, por no contar con autorización de impacto ambiental que expide la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

En un comunicado, la Profepa informó que las dos visitas de inspección practicadas en Nayarit tuvieron por objeto verificar que las obras realizadas en dos predios cumplieran con la legislación federal en materia de impacto ambiental.

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Apuntó que en la primer inspección se observó la construcción de un muro de protección que colinda con la playa dentro de la duna costera, el cual cuenta con 42 metros de largo, 0.35 metros de ancho y cerca de 1.10 metros de altura.

El muro está cimentado con mamposteo de piedra y cemento, vertido de manera directa sobre la franja de Zona Federal Marítimo Terrestre (ZOFEMAT) que es un bien del dominio federal, por lo que fue aplicada dicha medida.

En una segunda diligencia efectuada en el lote 31 del Boulevard Matanchén, se constató la edificación de una casa plurifamiliar o de veraneo, se encontraron obras civiles dentro de Terrenos Ganados al Mar, consistentes en alberca, cuarto de máquinas, barda perimetral, estudio, estancia y una terraza para bebidas, además de una casa-habitación de dos niveles ubicada en la parte colindante a los bienes nacionales.

Toda vez que dichas construcciones también se desarrollaron dentro de un ecosistema costero, los inspectores de la Profepa le requirieron al propietario la autorización federal en materia de impacto ambiental.

Con el fin de evitar un daño a los recursos naturales presentes en el ecosistema costero, se procedió a ordenar en ambos casos, como medida de seguridad, la Clausura Total Temporal de las obras.

Adicional a las medidas de seguridad impuestas, la Profepa se instauró procedimiento administrativo en cada caso, en los que se podría sancionar a los responsables con una multa de hasta 50 mil Unidades de Medida y Actualización; además, de estar obligado a la ejecución de las acciones para la reparación del daño, de acuerdo a la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.
 

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