Para regular la figura de concesión o permiso de transporte público y dotar de certeza jurídica a los permisionarios, en reunión de las y los diputados integrantes de la Comisión de Obras, Comunicaciones y Transportes, dieron su voto afirmativo a diversas reformas de la Ley de Movilidad del Estado de Nayarit.
De las modificaciones que plantea la propuesta enviada por el titular del Poder Ejecutivo, destaca que las concesiones o permisos de transporte público no podrán ser heredados, ni embargados, son imprescriptibles, inalienables e intransferibles, no serán materia de transmisión por causa de muerte, por donación, herencia o legado.
En el mismo dictamen analizado y aprobado al interior de la Comisión de Obras, Comunicaciones y Transportes, abordaron los temas sobre el alcoholímetro y los agentes de movilidad, reformas que realizan para que la Ley local sea armonizada con la Ley General en materia de movilidad.
En materia de alcoholemia, la modificación a la Ley de Movilidad, establece que queda prohibida la conducción de vehículos con una alcoholemia superior a 0.25 mg/L en aire espirado o 0.05 g/dL en sangre; acción legislativa que busca reducir los accidentes automovilísticos y los casos de conducir bajo los efectos del alcohol.
En relación a los agentes de movilidad, la reforma aprobada, tendrá como resultado que, el personal encargado de vigilar y dar orden a la seguridad vial podrá aplicar sanciones y recomendaciones en todas las carreteras, calles y avenidas para asegurar que los servicios de transporte sean adecuados.
El dictamen que contiene las diversas reformas a la Ley de Movilidad del Estado de Nayarit, será analizado, discutido y en su caso aprobado ante el Pleno de las y los diputados de esta 33 Legislatura que preside, Alba Cristal Espinoza Peña, este viernes en el cuarto periodo extraordinario de sesiones.