El Quinto Tribunal Colegiado otorgó un amparo a la ex lideresa del magisterio con el que continuará su sentencia en su domicilio
La defensa de la ex lideresa del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), Elba Esther Gordillo Morales, obtuvo un amparo que le concede la prisión domiciliaria.
El Quinto Tribunal Colegiado en Materia Penal resolvió amparar a Gordillo Morales, debido al deteriorado estado de salud que presenta, lo que la ha llevado a estar internada en un hospital particular en la colonia Roma.
De acuerdo con el abogado que encabeza su defensa, Marco Antonio del Toro, será en un periodo de dos semanas, cuando la ex líder del SNTE, pueda ser trasladada a su domicilio que se ubica en la zona de Polanco.
Será este lunes cuando el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Penal, inicie el engrose de la resolución que se emitió, y a su vez tendrá que ratificar a la juez Federal que lleva el caso para que se haga cumplir la garantía constitucional.
La defensa de Elba Esther Gordillo, analizara en los próximos días, si el domicilio ubicado en la zona de Polanco, será idóneo para el traslado de la profesora para que siga purgando su condena en casa.
Cabe recordar que la defensa de Gordillo Morales, se basó en el artículo 55 del Código Penal Federal, el cual otorga el beneficio de la prisión domiciliaria a los adultos mayores de más de 70 años y que tengan una enfermedad crónica degenerativa.
El artículo 55 del Código Penal Federal establece que las personas mayores de 70 años a las que se les ha cumplimentado una orden de aprehensión, tienen derecho a que la prisión preventiva se lleve a cabo en el domicilio del indiciado bajo las medidas de seguridad que se consideren pertinentes.
Pero el mismo artículo establece que se trata de un beneficio limitado a algunas condiciones y con excepciones que serán resueltas “a criterio del juez”.
“No gozarán de esta prerrogativa quienes a criterio del juez puedan sustraerse de la acción de la justicia o manifiesten una conducta que revele su peligrosidad social, ni los inculpados por las conductas previstas en la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución” señala el Código Penal.
En el mismo artículo 55 se advierte que en el caso de los reos mayores de 70 años a los que ya se les haya dictado sentencia, estos podrán solicitar el beneficio de la prisión por cuestiones de senilidad o problemas de salud.
En todos los casos, las resoluciones de los jueces deben estar sustentadas en los dictámenes periciales que correspondan.
Elba Esther Gordillo Morales, fue detenida tras ser acusada de desviar dos mil 600 millones de pesos de recursos del magisterio para su uso personal el 26 de febrero de 2013. Posteriormente fue acusada por el delito de defraudación fiscal, por el cual fue exonerada, pero permaneció en prisión por los delitos de lavado de dinero y delincuencia organizada.