La dependencia aclara que la Ley General de Educación establece que está prohibido exigir alguna contraprestación a cambio de los servicios educativos
La Secretaría de Educación Pública (SEP) informó que en ningún caso se podrá condicionar la inscripción, el acceso a la escuela, la aplicación de evaluaciones o exámenes, o la entrega de documentación a los educandos, al pago de contraprestación alguna.
No se puede afectar en cualquier sentido la igualdad en el trato a los alumnos, indicó la dependencia.
“La SEP precisa que la Ley General de Educación establece que “se prohíbe el pago de cualquier contraprestación que impida o condicione la prestación del servicio educativo a los educandos”.
Refiere que en el Artículo 6 del ordenamiento federal se señala que en ningún caso se entenderá como contraprestaciones del servicio educativo cualquier donación o cuota voluntaria destinadas a la educación que imparte el Estado.
Establece que las autoridades educativas, en el ámbito de su competencia, establecerán los mecanismos para la regulación, destino, aplicación, transparencia y vigilancia de las donaciones o cuotas voluntarias.