SCJN invalidad Ley de Ultraje en Veracruz

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión del Tribunal Pleno, finalizó la discusión de la acción de inconstitucionalidad 66/2021, promovida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de Veracruz en contra de una reforma publicada el 11 de marzo de 2021 a diversos artículos del Código Penal local.


En la sesión anterior, celebrada el 28 de febrero de 2022, el Tribunal Pleno declaró la invalidez de los artículos 331, fracciones I, II y IV y 371, fracción II, ambos del Código Penal del Estado de Veracruz. En este sentido, el día de hoy se discutieron y aprobaron los efectos de la sentencia.

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Lo anterior, debido a que contiene una restricción al derecho de libertad de expresión, por lo que debía ser sometida a un test tripartito. Escrutinio que no supera, debido a que no cumple con el principio de taxatividad. Es decir, no limita razonablemente el tipo de conductas que pueden actualizarlo, lo que genera incertidumbre en los destinatarios de la norma y un efecto inhibitorio en el ejercicio de este derecho (libertad de expresión).

Al respecto, se determinó declarar la invalidez por extensión de la fracción III del artículo 331 del Código Penal del Estado de Veracruz, que establece una agravante al delito de ultrajes a la autoridad, en tanto dicho tipo penal fue declarado inconstitucional en la sesión anterior.


Asimismo, estableció que las declaratorias de invalidez surtirán efectos retroactivos al 12 de marzo de 2021, fecha en la que entró en vigor el Decreto impugnado. Ello, a partir de la notificación de los puntos resolutivos de la sentencia al Congreso del Estado de Veracruz.

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