SCJN reconoce derecho de infancias trans a rectificar su acta de nacimiento sin ser mayores de edad

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio un paso decisivo en la protección de los derechos de las infancias trans en México al declarar inválidas las disposiciones de la legislación de Guerrero que impedían a niñas, niños y adolescentes rectificar su acta de nacimiento conforme a su identidad de género. El fallo, aprobado por unanimidad, establece que la mayoría de edad no puede ser un requisito para acceder al derecho a la identidad.

El proyecto, presentado por el ministro Arístides Guerrero García, subraya que la identidad de género se reconoce desde etapas tempranas y que el Estado debe garantizar documentos acordes a la realidad de cada persona. La Corte determinó que la restricción previa violaba derechos fundamentales como la igualdad, la no discriminación y el libre desarrollo de la personalidad.

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La resolución ordena al Congreso de Guerrero legislar en un plazo máximo de 12 meses para crear un procedimiento registral adecuado y accesible para menores de edad. Durante la discusión, la ministra Loretta Ortiz Ahlf destacó que niñas, niños y adolescentes son titulares de los mismos derechos que las personas adultas y que negarles este trámite perpetúa estereotipos y prácticas discriminatorias.

Este fallo sienta un precedente relevante para el reconocimiento de la identidad de género en México y abre la puerta a que otras entidades revisen sus marcos normativos para garantizar los derechos de las infancias trans e intersexuales.

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