Entidades federativas, con derecho a generar sus propias normas de protección de derechos humanos, afirmó el autor del libro
En la presentación de su libro “La interpretación conforme”, el doctor en derecho José Luis Caballero Ochoa dijo en Tepic que la reforma de 2011 a la Constitución mexicana no solamente es una reforma técnica en el sentido de protección de los derechos humanos sino que es altamente democrática porque permite la distribución del poder en otros actores, además del gobierno federal.
En este sentido, el autor se pronunció por que se supere uno de los lugares comunes relacionados con la interpretación conforme, de que todo se resuelve a partir del principio de jerarquía normativa, el cual –agregó– “nos ha perseguido por décadas en un intento por no liberar en un sentido democrático a los productores y aplicadores de derechos humanos”.
En la presentación que tuvo lugar en la sede del Poder Judicial de Nayarit, Caballero Ochoa manifestó que “hoy parece que la jerarquía de normas nos sigue persiguiendo, cuando se dice que las entidades federativas no pueden generar sus propias normas de derechos humanos y se ve con cierto recelo lo que se está haciendo en los tribunales superiores de justica de dichas entidades en materia de justicia constitucional y derecho procesal constitucional local”.
En otra parte de su exposición ante abogados, estudiantes de derecho y comunicadores, el académico señaló que por su naturaleza las relacionadas con los derechos humanos son normas mínimas que pretenden incrementar su eficacia protectora y conformar un contenido esencial que le diga a la sociedad de qué tratan sus derechos, cuál es su avance y se vuelvan una herramienta cotidiana para la propia sociedad.
Previamente, en el auditorio Rey Nayar, en su carácter de presentador de la obra, el magistrado Pedro Antonio Enríquez Soto, presidente del Poder Judicial de Nayarit, mencionó que el libro “La interpretación conforme” es de gran utilidad social y práctica, basado en un estudio serio y profundo, con una prosa clara que caracteriza al autor y aporta un contenido fundamental que debería ser lectura obligada no sólo para los jueces sino para todos los operadores jurídicos.
Al inicio de su intervención, manifestó que la reforma constitucional de 2011 es un parteaguas en el sistema jurídico mexicano y plantea la necesidad de revisar todo conflicto jurídico para hacer una interpretación a partir de los derechos humanos contenidos no solo en la Constitución, sino también en los tratados internacionales.
Destacó en este contexto que los conflictos jurídicos planteados como litis cerradas, en las cuales únicamente se consideraba a las partes, hoy deben resolverse atendiendo los derechos contenidos en la Constitución mexicana y los tratados internacionales. Ejemplificó al respecto los asuntos mercantiles, en que no sólo se debe tomar en cuenta el pacto de intereses entre las partes, y cómo los jueces pueden considerar resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en ese rubro.
Por otra parte sugirió, en especial a los jueces, prudencia al emplear la interpretación conforme como método argumentativo y resistir la tentación de considerar la inaplicación de una ley antes de atender el principio de presunción de constitucionalidad de las normas y el de conservación del derecho.
También afirmó que despreciar la norma generada por los legisladores podría generar lagunas jurídicas y graves problemas a la justicia con la democracia.