Para evitar revanchas o protecciones políticas, será el Senado y no los congresos locales la instancia encargada de retirarle el fuero a los gobernadores que hayan sido sentenciados por la comisión de delitos federales.
El dictamen para reformar la Constitución que determina en qué momento los funcionarios pierden la inmunidad procesal penal, conocida como fuero, y cuya copia tiene EXCÉLSIOR, detalla el procedimiento para que los mandatorios estatales pierdan el cargo para enfrentar a la justicia.
“Las y los gobernadores de los Estados y la o el jefe de gobierno de la Ciudad de México, quienes también gozan de inmunidad, son sujetos de proceso penal por la comisión de delitos federales.
“Cuando se dicta sentencia condenatoria, para el retiro de la inmunidad y el cese de funciones se requiere la aprobación, a mayoría absoluta de presentes, de la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión, salvo cuando la sentencia sea dictada por la comisión de los delitos mencionados en el artículo 19 constitucional, así como de delitos electorales o por hechos de corrupción”.
El dictamen se votará este martes en la Comisión de Puntos Constitucionales.
EXCÉLSIOR dio a conocer que funcionarios como el presidente de la República, legisladores, ministros de la Suprema Corte, el Fiscal General de la República, los consejeros del INE y los gobernadores, entre otros, seguirán gozando de inmunidad y, por tanto, no pueden ser privados de su libertad durante el tiempo en que ejercen su cargo, salvo que exista una sentencia condenatoria en su contra.