Abril es el mes de la declaración anual ante el SAT para las personas físicas

El plazo para presentar la declaración los contribuyentes obligados es el día 30 de abril

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), informó sobre la diversificación de facilidades para la declaración anual de personas físicas acerca del impuesto sobre la renta (ISR) del ejercicio fiscal 2017.

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El administrador desconcentrado de Servicios al Contribuyente de Nayarit, Armando Leyva Barraza, recordó que están obligados a presentar esta declaración quienes obtienen ingresos a través de la prestación de servicios profesionales y que realizan actividades empresariales por arrendamiento o intereses, así como los asalariados con dos o más fuentes de ingreso.

Para dicha declaración será necesaria la contraseña y únicamente si el saldo a favor es mayor a 50 mil pesos se enviará con la firma electrónica, además el plazo para presentar la declaración los contribuyentes obligados es el día 30 de abril.

Con la finalidad de hacer más fácil el procedimiento, los asalariados que tengan un solo patrón no estarán obligados a declarar, aunque si tienen deducciones personales que pueden resultar en saldo a su favor podrán presentar la declaración en cualquier momento del año.

El SAT proporcionará a los contribuyentes una propuesta de declaración que sólo tendrán que revisar, aceptar y enviar, y para presentarla necesitarán ingresar a la página sat.gob.mx con contraseña, en el caso de obtener saldo a favor que sea mayor a los 50 mil pesos o de modificar la cuenta bancaria de depósito que el SAT tiene registrada, se deberá enviar con la firma electrónica.

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