La reforma establece igualdad en atención, considerando como una base de división el total de las candidaturas a un cargo de elección
Derivado de la aprobación unánime de diputadas y diputados de la Trigésima Primera Legislatura del dictamen con proyecto de decreto que reforma y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit, en materia político-electoral, la paridad de género deberá estar garantizada en la postulación de candidatos por parte de los partidos políticos o coaliciones.
La paridad de género implica que mujeres y hombres participen en igualdad de condiciones en todas las actividades de la sociedad, ya que constituye una fórmula que busca superar la idea de una “ciudadanía neutra” a través de la proporcionalidad equitativa de mujeres y hombres en los órganos de decisión y representación pública, por lo que la reforma establece igualdad de manera vertical en atención a las fórmulas que incluyen propietarios y suplentes, así como también de manera horizontal, considerando como una base de división el total de las candidaturas a un cargo de elección, con excepción del de gobernador.
La inclusión de la paridad de género como parte de la reforma político electoral surge de la necesidad de prestar atención a aquellos mecanismos e instrumentos capaces de incidir en el mejoramiento de la calidad de la democracia, esto es, en el proceso de participación e influencia política de la ciudadanía.
Este acuerdo histórico entre las fuerzas políticas representadas en la Trigésima Primera Legislatura, constituye una base importante la reforma a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit en materia político-electoral, específicamente en el rubro de igualdad. Asimismo, esta enmienda jurídica es un paso firme en la cimentación de la democracia en Nayarit, en la que tanto mujeres como hombres con perfiles valiosos tengan acceso a una candidatura por méritos propios sin que el sexo sea una limitante para lograr tal circunstancia.