La resolución que pone a temblar a miles

Simples Deducciones/Juan Chávez

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¿Sabías qué las personas que han cumplido la mayoría de edad pueden exigir de manera retroactiva la pensión alimenticia que no recibieron durante su infancia?, así inicia uno de los mensajes que difunde la Suprema Corte de Justicia de la Nación en sus redes sociales, mensaje que está impulsando a muchos ciudadanos a demandar a sus progenitores quienes abandonaron la responsabilidad de aportar económicamente para sostenerlos y respiraron tranquilos cuando sus vástagos cumplieron 18 años de edad, porque creyeron erróneamente que ya se habían liberado de darles dinero, pero la Corte ha dejado en claro que no es así.

El expediente que se resolvió a favor se generó en la Ciudad de México. Una persona que había cumplido la mayoría de edad demandó a su padre la pensión alimenticia para cubrir sus necesidades actuales así como el pago de montos por alimentos que no recibió durante su infancia y el tribunal le dio la razón, condenando al padre a pagarle lo que años atrás le negó y evadió.

El hombre mal llamado “papá”, como buen desobligado no le gustó semejante resolución y se inconformó, interponiendo un recurso de revisión que llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que se analizara con el firme objetivo de que se pusieran de su lado y así no soltar ni un peso.

La SCJN tras analizar dicho recurso y la historia del demandante, determinó que la obligación alimenticia persiste aún y cuando el acreditado haya cumplido la mayoría de edad sin que exista una razón para negarle la posibilidad de exigirle su cumplimiento.

Con dicha resolución, la corte le dio la razón al tribunal y determinó que se calcule el monto de los alimentos retroactivos, se le haga saber al inconforme y le pague al demandante lo que nunca le proporcionó.

Con avidez, Silvia de 19 años de edad quien apenas inicia su carrera de leyes en la UAN lee dicha resolución y ha platicado con su mamá, la posibilidad de entablar un proceso legal similar debido a que su padre, quien cuenta con una posición económica solvente, le restituya a ella el pago de su corta vida que nunca quiso aportar a su madre, quien trabajó y lo sigue haciendo para sacarla adelante.

Silvia tiene un recuerdo de su madre muy grabado que le quema el corazón y la mente, “yo tenía como 9 o 10 años y en la escuela pedían una cooperación para levantar una barda y se juntaba con el festejo del Día del Niño. Mi mamá sentada en una silla de plástico sollozaba por las presiones económicas que tenía, yo era una niña y no sabía lo que era tener que solventar renta, comidas, camiones, luz, agua y mis gastos escolares. Conforme crecí me puse a vender helados, dulces y hasta hacer aseo en casas en mis tiempos libres pero me salí porque vi como que el esposo de la señora donde iba me miraba demasiado y tuve miedo, así que mejor seguí buscándole a las ventas”.

“En los últimos años me pregunté sí habría algo que obligara a mi padre a responder por sus años de ausencia y mira, en las redes sociales me encontré esto y yo creo que daré inicio a algo similar. Él tiene la obligación de restituirme lo que no me dio, me trató como si yo fuera un perro y tal cual nos abandonó a mi madre y a mí, creo es tiempo de que enfrente su responsabilidad”.

Como Silvia habrá muchos casos más cuyos casos puedan ir a parar a la Corte o habrán de definirse en tribunales estatales, lo cierto es que la respuesta de la SCJN ha caído como balde de agua fría en decenas de hombres y quizá incluso de mujeres que dejaron a sus suerte a un hijo o más, pero hoy más que nunca resulta cierto que el pasado te alcanza y te hace pagar lo malo que hayas hecho o te premia por tus buenas acciones. Mándame tus comentarios, dudas y sugerencias a mi Facebook Juan Félix Chávez Flores o a mi correo electrónico juanfechavez@gmail.com

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